11.10.2009

Se vence plazo para pagar el predial con el 50% de descuento en los intereses de mora

Redacción Buga
El Periódico
El llamado es para los contribuyentes del impuesto predial para que aprovechen este beneficio. "Se concederá el 50% de descuento en los intereses de mora" dijo el Secretario de Hacienda Javier Morales Montoya.
Los beneficios están contemplados en el acuerdo No. 036 del 22 de Septiembre de 2009 y buscan recuperar la Cartera del Impuesto Predial Unificado y mejorar sus estados financieros.
El acuerdo 036 "por el cual se suspende transitoriamente la causación de intereses de mora y la sanción por extemporaneidad de los contribuyentes que suscriban acuerdos de pago hasta el 31 de diciembre de 2009, y se aprueban rebajas de intereses moratorios y sanción por extemporaneidad a quienes paguen la totalidad de la deuda" establece plazos hasta de 24 meses para los contribuyentes que suscriban acuerdos de pago hasta el 31 de diciembre de 2009.
Los contribuyentes que se acojan a los aludidos beneficios, están obligados a cancelar cumplidamente las cuotas de los acuerdos de pago, y las demás obligaciones generadas a futuro.
En tal sentido, se aplicarán los siguientes descuentos:
Hasta el 15 de Noviembre de 2009, tendrán una rebaja del 50% de los intereses de mora.
Para quienes lo hagan entre el 16 de Noviembre y el 30 de Diciembre de 2009, tendrán una rebaja del 40% de los intereses de mora.
Para ello el acuerdo concede beneficio transitorio para suscribir acuerdos de pago, con arreglo a lo dispuesto en el ítem 1.11 del Decreto DAM-048 del 13 de febrero de 2007, que suspendan transitoriamente la causación de los intereses de mora y la sanción de extemporaneidad de los tributos municipales a los contribuyentes, a partir de la sanción del presente acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2009, con plazo hasta 24 meses de conformidad con los artículos 412 y 413, 414, 415 del Estatuto Tributario Municipal (Acuerdo 020 de 2008).
Es responsabilidad del despacho del Alcalde Municipal adelantar una agresiva difusión de las bondades del acuerdo.
Es importante recordad a los contribuyentes morosos del predial en Buga que la suspensión del cobro de intereses de mora y la sanción por extemporaneidad tiene vigencia durante el plazo pactado en el acuerdo de pago, de ahí que la Secretaría de Hacienda, liquidará al momento de la firma del acuerdo de pago, la obligación tributaria pendiente a esa fecha, incluyendo los intereses y sanciones a que haya lugar de acuerdo con los períodos liquidados.
En lo referente a los contribuyentes que tengan acuerdos de pago vigentes, podrán solicitar este beneficio del que trata este acuerdo, mediante un nuevo acuerdo de pago.
Así mismo quienes se acojan a los aludidos beneficios, están obligados a cancelar cumplidamente las cuotas de los acuerdos de pago, y las demás obligaciones generadas a futuro, el contribuyente o responsable suscriptor de acuerdo de pago debe mantenerse al día con la cancelación de las cuotas pactadas, lo cual es condición para el pago de obligaciones tributarias ordinarias causadas, en cuyo defecto la tesorería municipal se abstendrá de recibir dichos pagos.

GEWEB