11.10.2014

Controles y operativos para la movilidad

Redacción Buga
El Periódico

Llegando la temporada de fin de año, también los diferentes programas de control, seguridad y vigilancia en las vía internas del municipio de Buga; es el caso de la Avenida cuarta inmediaciones de la Terminal de transporte público de pasajeros, donde  regularmente se adelantan esquemas de control a la velocidad, del buen uso de los elementos de protección como el cinturón de seguridad en toda clase de  carros, al igual que de casco protector para motociclistas.
La política nacional en materia de seguridad vial está fijada por el Ministerio de Transporte a través de la Resolución No. 4101 del 28 de diciembre de 2004, por la cual se adopta el Plan Nacional de Seguridad Vial. En el ámbito territorial, las autoridades locales igualmente fijan políticas de seguridad vial en su jurisdicción, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Código Nacional de Tránsito, las autoridades de tránsito velarán por la seguridad de las personas y bienes en la vía pública y privadas abiertas al público, sus funciones serán de carácter regulatorio y sancionatorio, y sus acciones deben ser orientadas a la prevención y asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías.
En este sentido y en aras de brindar orientaciones a los turistas religiosos que se dan cita a la Ciudad Señora, los Agentes de Tránsito vienen cumpliendo con una labor pedagógica antes de la sancionatoria, bajo el entendido que son muchos los turistas que al llegar a esta ciudad, desconocen las normas reglamentadas en materia de tránsito.
En igual manera el control se adelanta para los vehículos del servicio público municipal e intermunicipal de pasajeros, mediante Resolución 2747 del 30 de junio de 2006, el Ministerio de Transporte reglamentó las sanciones para las empresas que despachen vehículos que no porten o tengan en mal estado de funcionamiento los equipos de control de velocidad, dicha sanción corresponde con lo establecido en el Artículo 45 de la Ley 336 de 1996 y el artículo 57 del Decreto 3366 de 2003.

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