1.05.2015

Continúan las medidas de seguridad para la temporada de fin de año

BUGA - A través de las secretarías de Gobierno, Tránsito y Salud, se emiten los Decretos DAM-1100-174-2014, DAM-1100-175-2014 y DAM-1100-180-2014, con los cuales se toman medidas con ocasión de las festividades de fin de año. 
Entre las medidas contempladas está la prohibición del tránsito de motocicletas de cualquier cilindraje, tanto en el casco urbano como rural del municipio de Guadalajara de Buga, desde las 10:00 p.m. del día 31 de diciembre de 2014, hasta las 5:00 a.m. del día 1 de enero de 2015. 
Igualmente queda prohibido en todo el territorio del municipio de Guadalajara de Buga, la comercialización y utilización de todo tipo de pólvora o material detonante. Quien viole la medida se le decomisará el producto detonante y se le impondrá una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. 
No se permitirá el día 31 de diciembre de 2014, desfile de muñecos alusivos al año viejo y quien infrinja esta norma tendrá como sanción el decomiso del muñeco por parte de la Policía Nacional. Se invita a la comunidad a participar del “Tercer Carnaval del Año Viejo” a realizarse el miércoles 31 de diciembre en la Estación del Ferrocarril, evento que incentiva esta expresión popular con seguridad y respeto por los demás. 
Igualmente queda prohibido el acompañamiento vehicular y de motocicletas a desfiles de muñecos alusivos al año viejo y quien infrinja la norma será objeto de la retención del vehículo por parte de las autoridades de Policía y Guardas de Transito del municipio, quienes trasladarán dichos vehículos a los patios del Tránsito Municipal y los propietarios, tenedores o poseedores de los citados vehículos correrán con los gastos que implique dicha acción; si el infractor fuere un menor, éste será puesto a disposición de la autoridad competente. 
Con el fin de favorecer las actividades comerciales en temporada decembrina, se suspende transitoriamente el artículo primero del Decreto DAM-1100-016 del 20 de enero de 2014, sobre la restricción del horario para establecimientos de comercio dedicados al expendio y consumo de licor en el municipio de Guadalajara de Buga y en su lugar autorizar el funcionamiento de estos establecimientos desde el día 13 de diciembre de 2014, hasta el 2 de enero de 2015, con el siguiente horario: de lunes a jueves 6:00 p.m., hasta 2:00 a.m. del día siguiente. Viernes y sábado de 6:00 p.m., hasta las 4:00 a.m. del día siguiente. Se establece además que el 31 de diciembre del presente año a amanecer 1 de enero de 2015, los establecimientos referidos tendrán como horario de funcionamiento desde las 6:00 p.m., hasta las 5:00 am.

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