12.06.2010

Se cumplió elecciones para comité de salud ocupacional y comisión de personal

Redacción Buga
El Periódico

Se llevó a cabo la elección del Comité de Salud Ocupacional para la vigencia 2.010-2.012, por parte de los trabajadores del Hospital Divino Niño, dicho comité es el encargado de tramitar ante las directivas del ente de salud lo pertinente al bienestar laboral y ocupacional de los trabajadores, los elegidos fueron Bertha Lucía Pineda y Clementina Álvarez, por parte de la administración fueron designados José Luís arce y Rafaela Bocanegra.
Por otra parte, también se escogieron los representantes de los empleados ante la comisión de personal; conforme lo ordena la Ley 909 de la Carrera Administrativa, ellos serán los encargados de remitir los informes correspondientes a la Comisión Nacional del Servicio Civil, los escogidos fueron Bertha Lucía Pineda y Clementina Álvarez, mientras que encargados de representar a la E.S.E., serán la Subgerente Administrativa doctora Paola Andrea Echeverri Gómez y la Auxiliar de la salud Luz Amparo Berrio Torres.
De la mano con el Coordinador de Salud Ocupacional y la Brigada de Emergencia, los miembros del COPASO son los encargados de llevar a cabo todas las actividades programadas en fin del desarrollo del programa de salud ocupacional.
Se debe conformar en las instalaciones de la empresa en reunión de la cual participarán el Representante Legal y sus trabajadores, dando cumplimiento a la Resolución 2013 de 1986 y al Decreto 1295 de 1994 en su artículo 63 y las exigencias de la división de salud ocupacional del Ministerio de Trabajo.
Los comités paritarios de salud ocupacional son uno de los elementos básicos de los programas de salud ocupacional en las empresas, según lo establecido en el Decreto 614 de marzo de 1984 y tienen como responsabilidad la de ser un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de salud ocupacional dentro de la empresa.
¿Cuándo debe integrarse un Comité Paritario de Salud Ocupacional? Debe integrarse tan pronto comience a funcionar el centro de trabajo, e inmediatamente, si este centro se encuentra en operación.
Para ser miembro de un comité paritario de salud ocupacional, se deben cumplir por parte del interesado los siguientes pasos:
a. Tener interés por servir a la comunidad de la empresa
b. Ser trabajador de la empresa
c. Haber demostrado en el ejercicio de su trabajo sentido de responsabilidad
d. Tener una actitud proactiva frente a las acciones de salud ocupacional
El periodo de los miembros del comité es de 2 años y el empleador está obligado a proporcionar, por lo menos, cuatro horas semanales dentro de la jornada normal de trabajo de cada uno de los miembros, para el adecuado funcionamiento del Comité.

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