12.01.2014

Decretos con medidas para la temporada de fin de año

Entre las medidas contempladas, está la prohibición del tránsito de todo tipo de motocicletas de cualquier cilindraje con parrillero sea hombre o mujer en todas las edades, así como la conformación y participación de caravanas o desfiles en cualquier tipo de vehículos automotores, de tracción animal o de tracción humana desde las 10:00 p.m., del domingo 30 de noviembre, hasta las 5:00 a.m. del día lunes 1 de diciembre de 2014, en todo el territorio del Municipio de Guadalajara de Buga, tanto en el casco urbano como rural. El no acatar la medida ocasionará sanciones económicas y la inmovilización del vehículo. 
Igualmente queda prohibido en todo el territorio del Municipio de Guadalajara de Buga, la comercialización y utilización de todo tipo de pólvora o material detonante. Quien viole la medida se le decomisará el producto detonante y se le impondrá una multa equivalente a un salario mínimo legar mensual vigente. 
Con el fin de favorecer las actividades comerciales en temporada decembrina, se suspende transitoriamente el Artículo Primero del Decreto DAM-1100-016 del 20 de enero de 2014, sobre la restricción del horario para establecimientos de comercio dedicados al expendio y consumo de licor en el Municipio de Guadalajara de Buga y en su lugar autorizar el funcionamiento de estos establecimientos desde el día 13 de diciembre de 2014, hasta el 2 de enero de 2015, con el siguiente horario: de lunes a jueves 6:00 p.m., hasta 2:00 a.m del día siguiente. Viernes y sábado de 6:00 p.m., hasta las 4:00 a.m del día siguiente. Se establece además que, durante los días 24 amanecer 25 y 31 de diciembre del presente año a amanecer 1 de enero de 2015, los establecimientos referidos tendrán como horario de funcionamiento desde las 6:00 p.m., hasta las 5:00 am. 
No se permitirá el día 31 de diciembre de 2014, desfile de muñecos alusivos al año viejo y quien infrinja esta norma tendrá como sanción el decomiso del muñeco, por parte de la Policía Nacional. 
Igualmente queda prohibido el acompañamiento vehicular y de motocicletas a desfiles de muñecos alusivos al año viejo y quien infrinja la norma será objeto de la retención del vehículo por parte de las autoridades de Policía y Guardas de Transito del Municipio, quienes trasladarán dichos vehículos a los patios del Tránsito Municipal y los propietarios o tenedores o poseedores de los citados vehículos correrán con  los gastos que implique dicha acción, Si el infractor fuere un menor, éste será puesto a disposición de la autoridad competente. 
Se prohíbe el tránsito de motocicletas de cualquier cilindraje, tanto en el casco urbano como rural del Municipio de Guadalajara de Buga, desde las 10:00 p.m. del día 24 de diciembre, hasta las 5:00 a.m. del día 25 de diciembre de 2014, y desde las 10:00 p.m. del día 31 de diciembre de 2014, hasta las 5:00 a.m. del día 1 de enero de 2015.

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