Redacción Buga
El Periódico
El llamado de emergencia que se registró el lunes anterior 25 de enero de 2010, hacia las 3 de la tarde, obedeció a la urgencia que se registró en la zona de pastos de la conocida "Loma de la Cruz", allí según el Sargento de Bomberos Arnult Martínez, un grupo de muchachos prendieron fuego sobre la extensión de pasto seco que por efecto del verano se presenta en el Territorio Nacional. De inmediato y como si fuera papel, el fuego alcanzó gran tamaño, logrando devastar cerca de 2 hectáreas de terrenos, quedando literalmente desnuda la capa de tierra.
Esto según el oficial de bomberos, genera impacto negativo en el ecosistema por cuanto permite la desestabilización del terreno y quedando a merced de la erosión.
Para conflagrar el incendio forestal, fue necesaria la presencia de 8 unidades bomberiles que con Bate fuegos, machetes, palas, azadones y otros elementos manuales, lograron detener la fuerza que a esa hora de la tarde había cogido la llama.
Y no contentos con esto, los muchachos que se burlaban de los operativos adelantados por los bomberos, prendían fuego con fósforos en el extremo opuesto donde se encontraban los voluntarios, lo cual causó gran preocupación a quienes tienen sus viviendas cerca al sitio mencionado.
Desafortunadamente el llamado que se hizo a la Policía de la Estación Buga y ambiental, no surtió los efectos esperados, pues hasta caer la tarde y entrada la noche, no se hizo presente ningún uniformado de la Policía para contrarrestar el vandalismo por parte de un numeroso grupo de muchachos.
El pasto seco en la zona de bosque es bastante inmensa por lo que se requiere de la colaboración de los padres de familia de estos muchachos, para que les prevengan de la acción pirómana que están cometiendo y los concienticen de la penalización a la que se arriesgan de ser sorprendidos por las autoridades, lo mismo que para los padres de familia, ya que al menor se dejaría en manos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y sería el adulto responsable quien deberá cumplir con la penalización contemplada en el Código Ambiental y de Policía.
En 1991, con la nueva Constitución Política Colombiana, la protección ambiental fue redimensionada. Se elevó a la categoría de derecho colectivo, y se dotó de mecanismos de protección ciudadana, a través, de las acciones populares o de grupo y del uso de las acciones de tutela y de cumplimiento. El Ministro Fabio Valencia Cossio, recordó que quienes provoquen incendios en cualquier parte del país, podrán ser castigados con penas hasta de 15 años de cárcel, según las sanciones establecidas por el Código Penal; además de otras normas. "En el caso de las sanciones, la comunidad debe ser consciente que hay unas sanciones penales frente a las personas que inician el incendio. Existe en el Código Penal el delito contra incendio, con sanciones hasta de 15 años de cárcel, también tenemos la Ley 1333 del 2009, recientemente sancionada en el mes de noviembre de 2009 en la que también regula las sanciones, no solamente a nivel penal, sino en general todo tipo de sanciones para quienes inicien incendios, y también hay una circular del Ministerio del Medio Ambiente del 21 de diciembre de 2009 en la que adicionalmente llama la atención sobre el delito de incendios", puntualizó el Ministro del Interior y de Justicia.
El Periódico
El llamado de emergencia que se registró el lunes anterior 25 de enero de 2010, hacia las 3 de la tarde, obedeció a la urgencia que se registró en la zona de pastos de la conocida "Loma de la Cruz", allí según el Sargento de Bomberos Arnult Martínez, un grupo de muchachos prendieron fuego sobre la extensión de pasto seco que por efecto del verano se presenta en el Territorio Nacional. De inmediato y como si fuera papel, el fuego alcanzó gran tamaño, logrando devastar cerca de 2 hectáreas de terrenos, quedando literalmente desnuda la capa de tierra.
Esto según el oficial de bomberos, genera impacto negativo en el ecosistema por cuanto permite la desestabilización del terreno y quedando a merced de la erosión.
Para conflagrar el incendio forestal, fue necesaria la presencia de 8 unidades bomberiles que con Bate fuegos, machetes, palas, azadones y otros elementos manuales, lograron detener la fuerza que a esa hora de la tarde había cogido la llama.
Y no contentos con esto, los muchachos que se burlaban de los operativos adelantados por los bomberos, prendían fuego con fósforos en el extremo opuesto donde se encontraban los voluntarios, lo cual causó gran preocupación a quienes tienen sus viviendas cerca al sitio mencionado.
Desafortunadamente el llamado que se hizo a la Policía de la Estación Buga y ambiental, no surtió los efectos esperados, pues hasta caer la tarde y entrada la noche, no se hizo presente ningún uniformado de la Policía para contrarrestar el vandalismo por parte de un numeroso grupo de muchachos.
El pasto seco en la zona de bosque es bastante inmensa por lo que se requiere de la colaboración de los padres de familia de estos muchachos, para que les prevengan de la acción pirómana que están cometiendo y los concienticen de la penalización a la que se arriesgan de ser sorprendidos por las autoridades, lo mismo que para los padres de familia, ya que al menor se dejaría en manos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, y sería el adulto responsable quien deberá cumplir con la penalización contemplada en el Código Ambiental y de Policía.
En 1991, con la nueva Constitución Política Colombiana, la protección ambiental fue redimensionada. Se elevó a la categoría de derecho colectivo, y se dotó de mecanismos de protección ciudadana, a través, de las acciones populares o de grupo y del uso de las acciones de tutela y de cumplimiento. El Ministro Fabio Valencia Cossio, recordó que quienes provoquen incendios en cualquier parte del país, podrán ser castigados con penas hasta de 15 años de cárcel, según las sanciones establecidas por el Código Penal; además de otras normas. "En el caso de las sanciones, la comunidad debe ser consciente que hay unas sanciones penales frente a las personas que inician el incendio. Existe en el Código Penal el delito contra incendio, con sanciones hasta de 15 años de cárcel, también tenemos la Ley 1333 del 2009, recientemente sancionada en el mes de noviembre de 2009 en la que también regula las sanciones, no solamente a nivel penal, sino en general todo tipo de sanciones para quienes inicien incendios, y también hay una circular del Ministerio del Medio Ambiente del 21 de diciembre de 2009 en la que adicionalmente llama la atención sobre el delito de incendios", puntualizó el Ministro del Interior y de Justicia.