“Un total de 320 personas en el barrio Santa Bárbara debida y legalmente inscri-tos en el libro de afiliaciones de socios, acudieron puntualmente el pasado 24 de abril a elegir dignatarios comunales, tal como se convocó por parte de las entida-des estatales”, indicó el reelecto presidente por votación mayoritaria, Diego Fer-nando Delgado; quien señaló que en esta convocatoria pre electoral, se cumplie-ron todos los pasos dentro del marco comunal como perifoneo, ubicación de car-teleras invitando a la comunidad inscribirse en el libro de socios de la junta, en-trevistas por los diferentes medios de comunicación de la ciudad, al punto que el señor Diego Domínguez, un gran líder cívico del barrio, se dio a la tarea de hacer perifoneo en una bicicleta.
Para el reelecto presidente de la junta de acción comunal, Diego Fernando Del-gado, resulta improcedente las acciones jurídicas instauradas contra un proceso democrático, libre, transparente y comunitario que cumplió con todos los requisi-tos exigidos para renovar el cuadro directivo como lo expresa la ley comunal.
El dignatario comunal dijo que resulta incoherente y fuera de tono que se preten-da jugar con la acción comunal, como si esto fuera un fortín politiquero, olvidán-dose que el proceso electoral cumplió su ciclo el pasado 25 de octubre de 2015.
Precisó el dignatario comunal que las personas se afilian a las juntas no sólo pa-ra ejercer el derecho de votar por sus dignatarios y dignatarias favoritos, sino para cumplir sus deberes de asistir a las asambleas, participar en las comisiones de trabajo, ayudar a controlar los recursos de la junta, aportar para resolver los gran-des problemas de su barrio. En lo referente a un supuesto trasteo de votos, el se-ñor Diego Delgado indicó que el barrio Santa Bárbara cuenta con 14.000 habitan-tes y más de 600 afiliados con lo cual se puede perfectamente realizar el proceso democrático y comunal y que allí no se actuó de esa forma, pues el proceso fue transparente y contó con todos los mecanismos de vigilancia, control y veeduría por parte de las diferentes entidades autorizadas para ello.
Precisó que no renunciará a la postulación, como tampoco dejará tirado el trabajo adelantado y el clamor de la ciudadanía en que siga representando desde la pre-sidencia de la Junta de Acción Comunal y por ello seguirá en la defensa de los intereses del colectivo.
En este sentido, la Ley 743 de 2002 facultó al Gobierno Nacional para reglamen-tar aspectos esenciales para el buen desenvolvimiento de la organización comu-nal y la consecución de sus objetivos; la reglamentación debe orientarse a brindar y reconocer la mayor autonomía e independencia de la organización comunal frente al Gobierno Nacional, sin abandonar sus responsabilidades de vigilancia y el control a fin de preservar el interés general y la legalidad.