El Periódico
Son constantes las denuncias y quejas ciudadanas por parte de los moradores de los barrios ubicados al nor-occidente de Buga, por el constante estacionamiento de vehículos de carga pesada sobre la vía en doble calzada, sentido norte- sur, poniendo en riesgo el tráfico vehicular por el sector.
De acuerdo a las estadísticas de accidentalidad registrada en el sector a raíz de la falta de visibilidad, cerca de 4 personas han perdido la vida, siendo el reciente caso el de un joven que murió cuando se movilizaba en motocicleta por esta doble calzada a la altura del barrio Palo Blanco, momentos que una tractomula literalmente se atravesó en la calzada a tempranas horas de la mañana sin que permitiera al motociclista percatarse del hecho, colisionando contra el automotor y perdiendo la vida de manera inmediata.
En igual manera por fortuna sin pérdidas humanas, los accidentes de tránsito ocurridos son de manera sumatoria, de acuerdo a las indicaciones de la comunidad.
Es notorio el estacionamiento de estos pesados vehículos fuera de la “berma”, dejando gran parte del automotor obstaculizando la libre movilidad en la doble calzada de alta circulación y pese al llamado de los moradores de los barrios Palo Blanco, Albores de San Juanito, Valle Real y San José de las Palmas, las autoridades competentes como es la Policía de carreteras no ejercen control alguno como lo señala el código nacional de transporte terrestre y se muestran permisivos a estas acciones que directa e indirectamente afectan la movilidad por estas carreteras y a quienes moran en sus inmediaciones.
Sobre este particular, el líder cívico del occidente de Buga, Migdonio de Diego, indicó que en reiteradas oportunidades se ha oficiado a la Policía de carreteras y a la concesión vial sin que presten atención alguna, con los sabidos hechos que han enlutado varios hogares de bugueños y colombianos.
Aunque desde hace muchos años en el barrio Palo Blanco, en cercanías a la doble calzada han existido establecimientos comerciales dedicados al despacho de mercancía y encomiendas, al igual que talleres de reparación automotor, estación de gasolina, se requiere que con el mejoramiento en la malla vial, se prevengan los accidentes de tránsito por el indebido estacionamiento vehicular sobre la vía pública, tal como lo expresa el código nacional de transporte terrestre en el Artículo 76, que determina los lugares prohibidos para estacionar:
• Sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.
• En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.
• En vías principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción en relación con horarios o tipos de vehículos.
• En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos.
• En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehículos, incluyendo las paradas de vehículos de servicio público, o para limitados físicos.
• En carriles dedicados a transporte masivo sin autorización.
• A una distancia mayor de treinta (30) centímetros de la acera.
• En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
• En curvas.
• Donde interfiera con la salida de vehículos estacionados.
• Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
• En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarias, apartaderos, estaciones y anexidades férreas.
Entre tanto, el Artículo 77 indica las normas para estacionar en autopistas y zonas rurales: los vehículos podrán estacionarse únicamente por fuera de la vía colocando en el día señales reflectivas de peligro, y en la noche, luces de estacionamiento y señales luminosas de peligro. Quien haga caso omiso a este artículo será sancionado por la autoridad competente con multa equivalente a treinta (30) salarios mínimos legales diarios vigentes.
Esperan los moradores y quienes constantemente transitan por esta doble calzada, en especial el sector del barrio Palo Blanco, las autoridades de policía vial se ciñan a lo estipulado por la norma del orden nacional a fin que los conductores de estos vehículos del servicio público de pasajeros, de encomiendas, mercancías y de carga, tomen las medidas preventivas del caso.