El Periódico
Fuerte pronunciamiento se ha hecho por parte de 8 de los 16 concejales de Guadalajara de Buga, a través de un documento mediante el cual precisan al alcalde John Harold Suárez Vargas, la falta en que incurriría esta administración y por consiguiente el municipio, en celebrar un convenio interadministrativo o de cooperación entre la policía y la alcaldía para prestar servicios relacionados con asuntos de tránsito.
Indican los ediles que es claro que la Constitución y la Ley les ha facultado como miembros de la Honorable Corporación, funciones y competencias precisas para el ejercicio del cumplimiento de la delegación que les entregó el pueblo para contribuir en la administración al mismo y su calidad de vida, funciones consagradas en el artículo 32, numeral 1, de la ley 136 de 1.994, entendiéndose de acuerdo a su interpretación, que es la Corporación Concejo Municipal la que debe disponer qué le corresponde hacer a la Policía en sus diferentes ramos dentro de la jurisdicción sin desbordarse como concejales en las funciones, además de respetar la supremacía constitucional que ordena a las mismas contribuir hacer respetar la vida, honra y bienes de todos los colombianos.
Los concejales que advierten de esta situación al Alcalde Suárez Vargas son: José Alexander Brand Holguín, Jaiver Sarria Becerra, Álvaro de Jesús Marín Espinal, Jorge Iván Escobar Tejada, José Lubiardo Valencia, Carlos Erlid González, Gabriel Fontal Grisales y Carlos Alberto Londoño.
En cuanto a la reglamentación a los contratos y convenios, se hace necesario un análisis a la legalidad del convenio o, como ellos califican, “esguince” a la norma con el tema de cooperación, para firmar el mismo con el apoyo de Agentes de Tránsito de la Policía Nacional; existiendo en Guadalajara de Buga un cuerpo de Agentes de Tránsito, conforme lo manifiesta el Consejo de Estado, la Comisión del servicio civil 3024 -2.011, y que en algunos de sus apartes clarifica la falta de competencia de la Policía nacional, cuando en los municipios exista un cuerpo de agentes de tránsito del orden municipal, y así evitar duplicidad de funciones en la misma jurisdicción; situación esta que de acuerdo a los concejales firmantes del pronunciamiento, puede conducir al municipio a reparar daños causados por lo no competentes, ya que su jurisdicción está dada en las carreteras nacionales o las mismas que crucen la municipalidad.
Más allá de los daños económicos que este convenio pueda traer como consecuencia negativa para el fisco municipal, los cabildantes señalan que no es serio buscar la viabilización del convenio para tratar de mejorar los ingresos por concepto de multas impuestas por la Policía nacional a cambio de la firma del referido convenio, ya que primaria el interés económico sobre el verdadero ejercicio de una cultura ciudadana frente a las normas que en ultimas es responsabilidad del Estado y dejan como sugerencias lo siguiente: Proyectar el ingreso de los Agentes de tránsito faltantes que autorizó el Concejo mediante acuerdo municipal; contratación de reguladores de tránsito adscritos al municipio y así liberar los 25 Agentes para que cumplan su función y contratar dos agentes de tránsito especializados para dictar la catedra que autoriza la norma, para la educación de los jóvenes en respeto a la Ley y evitar condenar al hombre por infringir la misma.